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CONTRATO MERCANTIL Prestación de Servicios como MYSTERY SHOPPER: CONDICIONES de las COLABORACIONES

Contrato Mercantil de Prestación de Servicios como Mystery Shopper Colaborador:

 

De una parte, Óscar Domingo García, con su nombre comercial MYSTERY SHOPPER SPAIN, actuante en nombre propio, con domicilio social en Av. Cortes Valencianas, 26 Bloque 3 Esc 1 CP: 46015 en VALENCIA (ESPAÑA) con NIF Español: 52708234P y NIF Intracomunitario: ES52708234P. (En adelante MYSTERY SHOPPER SPAIN)

De otra parte, el/la INTERESADO/A declara tener más de 18 años, ser una persona física con domicilio fiscal en el país que realizará las evaluaciones, con capacidad legal suficiente para aceptar este Contrato y prestar los servicios que MYSTERY SHOPPER SPAIN le propone. El interesado acepta el presente contrato y prestará los servicios de mystery shopper colaborador que acuerde con MYSTERY SHOPPER SPAIN, en virtud de las siguientes condiciones:

 

Objeto del Contrato

El objeto del presente contrato es regular la relación mercantil entre ambas partes y establecer las condiciones de las colaboraciones del Interesado con MYSTERY SHOPPER SPAIN.

 

Procedimiento de Contratación

Una vez el interesado ha aceptado las condiciones del presente acuerdo de colaboración, ha completado sus datos personales y ha finalizado su autoregistro, se le considera colaborador de MYSTERY SHOPPER SPAIN y recibe desde ese instante ya puede ver y propuestas de colaboración de los servicios que MYSTERY SHOPPER SPAIN tenga disponibles y considere que pueden ser desarrollados por el interesado.

MYSTERY SHOPPER SPAIN avisará al interesado vía correo electrónico o por mensaje de whatsapp, de las evaluaciones disponibles para que entre en su intranet privada y en la Pizarra de Tareas, éste las vea y solicite voluntariamente las que quiera y pueda realizar, si le interesan las condiciones del servicio (fechas, lugar de la prestación del servicio, remuneración, etc.). La solicitud de cada evaluación disponible será siempre VOLUNTARIA por parte del colaborador, no estará obligada a solicitar ninguna si no quisiera.

 

El Precio

El precio a pagar y el resto de condiciones se indicarán de manera concreta para cada evaluación publicada en la intranet privada el colaborador.

Los importes indicados (netos a percibir por el shopper) ya incluyen la retención legal de IRPF descontada, cuyo pago se realizará y declarará MYSTERY SHOPPER SPAIN a la AEAT a nombre del shopper colaborador (sólo para shoppers colaboradores con domicilio fiscal en ESPAÑA).

 

Facturación

Shoppers PARTICULARES: Mystery Shopper Spain pagará a cada shopper por transferencia bancaria las remuneraciones netas de todas las colaboraciones de cada mes más los gastos suplidos autorizados de la visita, el día 25 del mes siguiente a su realización.

Shoppers AUTÓNOMOS con domicilio fiscal en ESPAÑA: estarán OBLIGADOS A REALIZAR FACTURA (con su formato, fecha y nº) a MYSTERY SHOPPER SPAIN por las evaluaciones realizadas y validadas.

El DÍA DE PAGO a todos los shoppers (particulares y autónomos) será el DÍA 25 DEL MES SIGUIENTE al de la realización de las visitas. El pago de los informes finalizados entre los días 1 y 31 de cada mes se abonarán el día 25 del mes siguiente. En el caso de los compradores autónomos con domicilio fiscal en España (el plazo de pago será el mismo) no debemos realizar la factura con los datos exactos que les indiquemos, después de que contactemos por email con cada uno, los primeros días del mes siguiente a la realización de las visitas.

Al igual que los autónomos con domicilio fiscal en España, lo harán trimestralmente en sus liquidaciones de impuestos IVA e IRPF, los shoppers particulares (no autónomos) con domicilio fiscal en España, estarán obligados a comunicar anualmente los ingresos percibidos por estas colaboraciones con MYSTERY SHOPPER SPAIN en la Declaración  del IRPF (si le corresponde hacerla según sus ingresos y su situación fiscal), en el apartado de Rendimientos de Actividades Económicas. Detallando el importe bruto total de remuneraciones percibidas y el importe total de retenciones aplicadas. La diferencia entre las remuneraciones brutas y las retenciones aplicadas debe coincidir con el importe neto total percibido de la suma de todas las remuneraciones de las evaluaciones realizadas en dicho año (los gastos suplidos, desplazamientos y artículos comprados no llevan retención y no se consideran rendimiento de actividad económica para el IRPF).

Los shoppers colaboradores con domicilio fiscal FUERA DE ESPAÑA: PORTUGAL, ANDORRA o GIBRALTAR NO tendrán que declarar los importes de estas colaboraciones en su país, al estar exentas de impuestos por ser operaciones intracomunitarias/expo rtación, ser esporádicas, no habituales y de pequeño importe (muy por debajo del Salario Mínimo Interprofesional mensual).

De no cumplir con algunas de las exigencias de la oferta, o estipulaciones del presente contrato, la evaluación realizada en dicho mes, finalmente será desaprobada y NO será abonada.

Tal y como se recoge en el Real Decreto antes mencionado, los documentos enviados electrónicamente tienen la misma validez legal que los documentos impresos, siempre que se mantienen en el formato en el que fueron generados (electrónicamente).

 

Derechos y obligaciones del Interesado

  1. Las visitas siempre deben realizarse en un DÍA AUTORIZADO indicado, seguir fielmente el INSTRUCTIVO (i azul) y evaluar el CUESTIONARIO a rellenar posteriormente, no revelar en ningún caso que se es un Mystery Shopper, y se debe realizar en el tiempo que se fija la oferta. Las visitas son por cuenta y ries go del shopper , respondiendo él mismo (sin derecho a reclamar a la otra parte) de cualquier percance que tuvo durante la misma o del daño-perjuicio que provocase a un tercero.

  2. Responsabilidad del comprador interesado comprobará que el día de la visita no sea festividad nacional, autonómica y/o local del municipio del establecimiento a visitar. También deberá conocer y será la responsabilidad del comprador si el establecimiento está cerrado por orden del gobierno estatal, autonómico o local por alguna nueva orden de bloqueo o restricción derivada de algún confinamiento, pandemia u otros. Si se desplazara y encontrara el establecimiento cerrado por alguno de estos motivos, tendrá la obligación de acudir, otro día de los autorizados en el campo DESCRIPCIÓN de la visita, cuando ya estuviera abierto y no tendrá derecho a cobrar ningún importe por la visita fallida ni por el desplazamiento realizado.

  3. En cuanto la evaluación haya sido realizada, hay que cumplir totalmente (o esperar al plazo de seguimiento máximo indicado en su caso), terminar y enviar obligatoriamente el cuestionario vía online en un plazo máximo de 24 HORAS después de haber terminado la  visita, además de enviar por correo electrónico los documentos obligatorios exigidos en el instructivo de la misma, con los archivos adjuntos con el nombre de cada archivo (OBLIGATORIO).

  4. Toda la información que por razón de la prestación de servicios tenga conocimiento y no sea información de acceso público, tendrá que ser tratada con confidencialidad, y siempre protegida de terceros, así como se debe cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) UE 2016/679.

  5. De no poder realizar una visita, el interesado lo deberá comunicar de manera inmediata a MYSTERY SHOPPER SPAIN.

  6. Los informes, encuestas y todo aquello que sea parte del servicio a prestar, así como las llamadas, correos electrónicos de seguimiento de las visitas siempre deben ser contestados en el tiempo que fija la oferta del servicio.

  7. El interesado deberá guardar los tickets, facturas y documentación que haya recopilado en la visita durante un periodo de 30 días, y enviarla escaneada por email o adjuntarla vía online al contestar el cuestionario a "MYSTERY SHOPPER SPAIN" si es necesario.

  8. El interesado no podrá aceptar ningún servicio en alguna empresa en la que haya o esté trabajando ni él, ni sus familiares o amigos directos.

  9. El interesado debe contar con los medios tecnológicos que exige MYSTERY SHOPPER SPAIN para poder transmitir los datos (facturas, tickets, fotografías, documentación, informes), mediante correo electrónico.

  10. El interesado deberá OBLIGATORIAMENTE avisar y contactar (asegurarse de recibir respuesta) por email-teléfono a MYSTERY SHOPPER SPAIN en caso de NO poder hacer una visita Aceptada (Estado: "Agenciada, aguardando implementación"), por un motivo de fuerza mayor, que deberá justifique con documento oficial, por lo menos con 1 día hábil de antelación al día de la visita o fecha máxima estipulada en la oferta.

  11. El interesado tendrá derecho a la remuneración fijada en la oferta, siempre que se haya realizado el servicio  según la oferta.

 

Derechos y Obligaciones de MYSTERY SHOPPER SPAIN

  1. MYSTERY SHOPPER SPAIN informará de todos los detalles de cada evaluación en la información publicada en la intranet y verificará los informes recibidos. Si es correcto lo aprueba y lo pagará según las condiciones de pago antes detalladas.

  2. Abonar el precio de la prestación de Servicio en la cuantía que se fija en la oferta y en el plazo comunicado en este acuerdo y en el documento "Condiciones de pago a los compradores" de su intranet.

  3. Derecho a penalizar al shopper por los perjuicios ocasionados al incumplir el no realizar una visita Aceptada. Se podrá facturar al comprador una PENALIZACIÓN ECONÓMICA POR INCUMPLIMIENTO, por no realizar una evaluación previamente Aceptada (Estado: Agendada, aguardando implementación) para realizar un día o días concretos:

1.- Si NO LA REALIZA, NO rellena el Cuestionario Online correctamente o NO Aporta por Email en el plazo indicado los Documentos Obligatorios exigidos en el Instructivo de la visita.

2.- Si el shopper NO AVISA POR EMAIL o TELÉFONO (ha de contactar y seguro de recibir respuesta) a  MYSTERY SHOPPER SPAIN con una JUSTIFICACIÓN DEMOSTRADA DE FUERZA MAYOR (enviar por email documento publicado por organismo/empresa oficial que lo demuestre) que le IMPIDA REALIZAR LA VISITA Y CUMPLIR CON SU COMPROMISO; por lo menos con 1 DÍA HÁBIL DE ANTELACIÓN (no se permite en festivos, Sábados ni Domingos) a la fecha de visita indicada en la misma. TAMBIÉN PODRÁ SER PENALIZADO si actúa con indisciplina y no responde a las llamadas, emails, whatsapps tras haberse comprometido a realizar una evaluación y no dar explicaciones.

El importe de la factura de penalización al comprador será de 45€ POR EVALUACIÓN NO REALIZADA e INCUMPLIDA y se deberá pagar obligatoriamente por transferencia/ingreso bancario en un plazo máximo de 2 días naturales tras la comunicación de la penalización por correo electrónico. En caso de impago del importe de penalización en ese plazo, se abrirá una reclamación judicial al shopper en los Juzgados de Valencia reclamando el importe de dicha penalización, más intereses, más daños y perjuicios ocasionados con la empresa cliente por el incumplimiento realizado, más posibles desplazamientos y costas judiciales.

    d. Derecho a dar de baja al shopper en cualquier momento por motivo de incumplimiento de las obligaciones contraidas, indisciplina, falta de responsabilidad y de aptitud del shopper en cuestión. 

 

Causas de incumplimiento y de impago de las prestaciones de servicios

  1. Falsificar, modificar informes, encuestas, fotos o documentación de la visita, etc o su perfil real (edad, sexo o demás aspectos relevantes para las evaluaciones (penalización por intento de fraude).

  2. Compartir la información obtenida con otra empresa, establecimiento o persona.

  3. Realizar las visitas bajo la influencia de drogas, alcohol, u otras sustancias que puedan afectar la capacidad.

  4. Descubrirse como mystery shopper durante una visita, excepto en los casos que así lo exija el instructivo a seguir.

  5. Realizar la visita fuera de los plazos fijados en la oferta o no terminar y enviar online el cuestionario ni aportar los documentos obligatorios por correo electrónico, en menos de 24h de haber salido de la visita.

  6. Si los cuestionarios rellenados y la documentación adjuntada de las evaluaciones por los compradores no cumplen y pasan nuestro control de calidad básico.

  7. Haber ocultado una relación pasada o presente con la marca, el personal y/o los establecimientos evaluadores que provoque que la evaluación realizada no haya sido objetiva o se muestre una intención deshonesta al cumplir el cuestionario favoreciendo o perjudicando al personal, a la marca o al establecimiento evaluador.

  8. Incumplir con cualquier cláusula del presente contrato. El evaluador que realice un incumplimiento de una evaluación agendada o de alguna claúsula de este contrato, perderá también los derechos adquiridos de sus evaluaciones aprobadas pendientes de cobro.

 

Inexistencia de relación laboral

Este contrato es un contrato mercantil de prestación de servicios donde se regulan, mediante su clausulado, las obligaciones y derechos de las partes. Se hace constar que es un contrato mercantil donde no existe relación laboral ninguna entre MYSTERY SHOPPER SPAIN y el interesado. De manera que ambas partes aceptan estas posibles colaboraciones como mercantiles y NO vinculantes a nivel laboral.

Podrán registrarse y realizar las colaboraciones como Mystery Shopper cualquier Particular (estudiante, empleado, desempleado, ama de casa y/o jubilado) o cualquier Autónomo: Sólo es necesario ser mayor de edad, tener DNI-NIE (ESPAÑA) o Cartão de Cidadão (PORTUGAL) en vigor y ser titular de un IBAN BANCARIO.

Será únicamente responsabilidad del interesado-shopper el cumplimiento/incumplimiento de sus obligaciones fiscales particulares con la AEAT y la autoridad tributaria de su país de origen. La complementariedad con su actividad habitual, con sus prestaciones y/o retribuciones recibidas por cualquiera de sus pagadores, y su declaración legal, en su declaración del IRPF de cada año, de estas colaboraciones mercantiles (sin vinculación laboral) esporádicas (no habituales) y de pequeño importe (muy por debajo del salario mínimo interprofesional mensual), serán únicamente responsabilidad del shopper interesado.

 

Responsabilidades

Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las Partes que actúe de forma negligente o culpable en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato y ocasione con ello un daño o perjuicio a la otra Parte.

La Parte que tenga que afrontar cualquier tipo de daño o perjuicio en virtud de la actuación de la contraparte podrá reclamar la indemnización por dichos daños y perjuicios ocasionados.

 

Confidencialidad y Cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) UE 2016/679

Las Partes se obligan a guardar absoluta confidencialidad sobre la información y documentación que ambas Partes se facilitan bajo ciertas condiciones oa las que tendrán acceso durante la prestación del Servicio. Ambas Partes se obligan a no revelar ni utilizar directa o indirectamente la información y los conocimientos adquiridos, derivados de la prestación de servicio acordada entre las otras Partes en servicios que no sean el objeto del presente Contrato.

Una vez extinguido el presente Contrato, el Interesado y transcurrido el plazo de 30 DÍAS destruirá toda la información que sobre la presente relación haya almacenado en cualquier soporte o haya reproducido por cualquier procedimiento.

Ambas partes se comprometen a guardar el más absoluto secreto respecto de los datos de carácter personal a que tendrán acceso en cumplimiento del presente contrato y observar todas las previsiones legales que se contienen en el RGPD UE 2016/679. En particular, el Interesado se compromete a no aplicar o utilizar los datos de carácter personal tratados o aquellos a los que haya tenido acceso durante la prestación del Servicio, con fin distinto al que figura en el presente Contrato, ni a cederlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. El Interesado utilizará a los datos  que trate por cuenta de MYSTERY SHOPPER SPAIN, las medidas de seguridad establecidas en el último reglamento  vigente en materia de protección de datos.

 

Cesión

Las partes NO podrán ceder su posición en el presente Contrato, ni tampoco los derechos u obligaciones que del mismo se deriven a su favor oa su cargo, sin el consentimiento por escrito de la otra Parte.

 

Resolución del Contrato

MYSTERY SHOPPER SPAIN podrá dar por resuelto en cualquier momento el contrato con el shopper colaborador.

El INTERESADO podrá solicitar la baja de sus datos, la inactividad temporal o indefinida como shopper de MYSTERY SHOPPER SPAIN, solicitándolo mediante un email a info@mysteryshopperspain.com en el que también detalle su nombre, apellidos, DNI, provincia, usuario shopper y motivo de la solicitud de baja. Si el shopper tiene una evaluación "Aceptada" en "Estado: Agendada, aguardando implementación" o "En progreso" no podrá solicitar la baja o inactividad hasta que finalice totalmente y de manera correcta todas sus evaluaciones aceptadas y/o comprometidas.

 

Jurisdicción

El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las Leyes de España y se someterá a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de Valencia (España).

 

ACEPTACIÓN online del Contrato Mercantil de Shopper Colaborador:

YO, mayor de edad y con capacidad para contratar, como INTERESADO en registrarme como mystery shopper colaborador, confirmo que HE LEÍDO y ACEPTO todas las condiciones de ESTE CONTRATO y también MUESTRO MI CONSENTIMIENTO VOLUNTARIO e INEQUÍVOCO de aceptación y autorización a Óscar Domingo García (MYSTERY SHOPPER SPAIN)  a incluir, archivar y utilizar mis datos personales bajo el cumplimiento de las obligaciones, informaciones y condiciones del RGPD UE 2016/679 respecto del tratamiento de mis datos personales:

Marcando la casilla "ESTOY DE ACUERDO" y haciendo click en el ejecutable "CONTINUAR" situados a continuación para indicar mis DATOS PERSONALES y FINALIZAR el REGISTRO:  


Estoy de acuerdo



Regresa
 
MYSTERY SHOPPER SPAIN   E-mail proyectos@mysteryshopperspain.com